La droga, dice el eslogan, mata poco a poco a quién la consume, el tráfico urbanístico contamina y envilece a todo un país La droga enriquece a los traficantes; el tráfico urbanístico de consumo necesario para la ciudadanía arruina a una sociedad y mueve más dinero en nuestro país que el conjunto de tráfico de drogas que atraviesa la península. Sin embargo, se nos pretende también convencer que el tráfico urbanístico es residual y no deja de ser más que algún que otro devaneo de gente sin escrúpulos.

El que éste país sea en el contexto europeo el que más energías gasta en el ladrillo, se dice que más qué Italia, Francia y Alemania juntos, no es por casualidad ni porque no sea posible dedicar los esfuerzos económicos a otras actividades mercantiles. La razón fundamental radica en las escandalosas plusvalías que generan las recalificaciones urbanísticas, sin parangón en el entorno europeo. Plusvalías especulativas que tienen unos pocos beneficiarios y millones de perjudicados.

El urbanismo especulativo dinamita las teorías clásicas de la economía productiva. Es posible obtener grandes beneficios económicos sin generar ni un solo coste de producción. El valor del suelo no dependerá de la suma de los costes de transformación de uso sino únicamente de sí ese suelo tiene vocación de ser urbano. A partir de ahí el valor agrícola desaparece y el único parámetro a considerar será el número de viviendas por hectárea que potencialmente puedan construirse. En ese preciso instante se produce el negocio especulativo urbano, en ese momento su valor se multiplica por cien. No van a ser los consumidores finales, ni siquiera las constructoras que trabajan con márgenes de beneficio industrial razonable, quienes se van a beneficiar de las políticas de expansión urbana sino, exclusivamente, los detentadores de ese espacio privilegiado. A partir de este momento se desata una carrera imparable para el reparto de la tarta especulativa.

La decisión de si un suelo es o no urbano corresponde exclusivamente a los Ayuntamientos. De ahí la enorme responsabilidad que se deriva de la tarea de gobernar. La pregunta que cabe hacerse a continuación es sí los Ayuntamientos están cumpliendo con el mandato constitucional según el cual la comunidad debe participar de las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos (art. 47.2 C.E.). La escasez de viviendas sociales, así como los precios desorbitados de las viviendas libres que hipotecan a generaciones enteras contestan sin discusión el interrogante: nuestros Ayuntamientos no han sabido o no han querido defender los intereses de la comunidad. Los cientos de miles de millones de euros que adeudamos año tras año en hipotecas inmobiliarias han provocado que este país ya no pertenezca al conjunto de la ciudadanía sino que sea propiedad del capital financiero que no entiende de fronteras. Propietarios de suelos con vocación urbana y entidades financieras son los grandes beneficiarios de las políticas urbanísticas al uso.

En este laberinto especulativo, los caminos están perfectamente trazados y cada viajero lleva su propia maleta, los consumidores vacías, otros, excesivamente llenas y, en muchos casos, compartidas entre quienes deciden el futuro urbanístico de las ciudades y los que se apresuran a comprar los nuevos territorios urbanos. Estos terratenientes urbanos impondrán el precio final de las viviendas, arruinando las economías familiares.

Ante esta situación, el único pacto político realmente efectivo sería determinar que todo el suelo con vocación urbana fuese suelo público. La legislación actual lo permite y lo aconseja como instrumento de intervención del mercado de suelo, mediante la figura de reservas de terrenos. Esta modalidad de intervención, no aplicada de manera efectiva en ningún Plan General de Ordenación Urbanística, abre la posibilidad a los Ayuntamientos para que adquieran suelo con vocación urbana a precio de valor rústico. Una vez obtenido, éste suelo pasaría a ser propiedad municipal utilizándose para la construcción de viviendas de protección oficial u otros regímenes de protección pública, incluso se permite la construcción de viviendas no protegidas. Con esta determinación pública se acabaría de manera fulminante con prácticamente todos los procesos especulativos de recalificación urbanística. Este suelo público puede repercutirse en el destinatario de la vivienda, en cuyo caso no superará el quince por ciento del valor final de aquella, frente a la repercusión actual de mas del cien por cien cuando el suelo es de propiedad privada. También es posible determinar que el suelo adquirido siga siendo propiedad municipal y se otorgue a los compradores de las viviendas el derecho de superficie, de tal manera que el municipio mantendría un patrimonio público de suelo, garantizando su uso no especulativo para las generaciones futuras. El suelo, como el aire o el agua, es un bien escaso y esencial, la vivienda un bien de primera necesidad, y no una mercancía con la que se pueda traficar. Los conceptos de propiedad privada han de ser modulados de acuerdo con la realidad social de cada momento histórico.

Sin embargo, las críticas al tráfico urbanístico afloran únicamente cuando los Juzgados Penales intervienen y aparece algún cargo público implicado en el cobro de comisiones ilegales. Ni siquiera, en estos casos de mordida, las soluciones penales resuelven el problema de fondo. Delinquir en el ámbito urbanístico es rentable, las normas penales que sancionan este tipo de conductas son excesivamente benévolas, en el peor de los casos, apenas unos años de cárcel, en otros, como por ejemplo, en el delito de prevaricación no se contempla ni siquiera la privación de libertad, pero en todos, el delincuente salvará gran parte del patrimonio conseguido. Los delitos de prevaricación, cohecho, malversación de fondos públicos, tráfico de influencias o cualquier otro aplicable, no son suficientemente ejemplarizantes porque no atacan el bien mas preciado del infractor: su patrimonio. Por tanto, el delincuente urbanístico lo intentará una y otra vez, sabedor de que en el hipotético caso de ser sorprendido y condenado por alguna acción, su patrimonio acumulado será prácticamente intocable. Es necesario el endurecimiento de las penas privativas de libertad y al igual que se contempla en los delitos de tráfico de drogas, denominados -delitos contra la salud pública- se decomise todos los bienes del infractor porque la lucha contra el tráfico urbanístico también es una cuestión de salud y de higiene pública.

*Abogado