El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acaba de tirar de las orejas al Estado español por haber condenado a dos jóvenes a 15 meses de prisión -sustituidos por una multa de 2.700 euros- por quemar en 2007 una foto de los Reyes Juan Carlos y Sofía. Considera que esa acción es una crítica política legítima contra la institución, dentro de la práctica de la libertad de expresión; que la puesta en escena tenía un carácter simbólico, no personal, y expresaba una opinión dentro del debate sobre un asunto de interés público, esto es, un debate sobre la institución de la Corona.
Así es como el Tribunal de Estrasburgo considera que la pena es desproporcionada y que constituye de forma clara «una interferencia con la libertad de expresión». 10 años después de la condena de la Audiencia Nacional, el Tribunal europeo decretó, por unanimidad, que el Estado español tiene que devolver a los dos jóvenes la multa que tuvieron que pagar, además de otros 9.000 euros por los gastos judiciales. Añade que la condena supuso una violación del Artículo 10 de la Convención de Derechos Humanos. Y recrimina que encuadrarlo como un “delito de odio”, según consideró el Tribunal Constitucional, «sería perjudicial para el pluralismo, la tolerancia y el espíritu que permite que haya una sociedad democrática».
No es la primera vez que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos critica el excesivo e injustificado proteccionismo de la legislación española a la figura del rey. Ya había condenado a España en 2011 por vulnerar la libertad de expresión en la condena a Otegui. Explicaron que proteger de manera especial al jefe del Estado, es decir al rey, en materia de injurias y calumnias no se ajusta al espíritu del Convenio Europeo de Derechos Humanos que España ratificó.