Los servicios sociales se han desarrollado con distinta intensidad y ritmo en cada territorio ocasionando profundas desigualdades en los apoyos sociales que reciben las personas según la comunidad autónoma en la que se encuentren, sin que exista un mínimo común que iguale en derechos a la ciudadanía.
Este desarrollo de los servicios sociales ha derivado en una gran desigualdad en la oferta de los servicios sociales que pueden esperar los ciudadanos y ciudadanas, su cobertura o calidad. Dada la importancia de los servicios y prestaciones que se prestan ante situaciones de vulnerabilidad social, relacional o funcional, este servicio público –el 4º Pilar del Estado del Bienestar- es fundamental para el disfrute de los distintos derechos reconocidos en el capítulo tercero de la Constitución española. Sin una base mínima en servicios sociales, no existe una igualdad mínima en el disfrute de los derechos constitucionales.
Para poner fin a esta desigualdad, Unidas Podemos ha llevado al Consejo de Ministros un Anteproyecto de Ley de condiciones básicas para la igualdad en el acceso y disfrute de los servicios sociales, suponiendo un paso relevante en la mejora de millones de personas en situación de emergencia para que puedan acceder a un mínimo de prestaciones en todo el país sin importar su lugar de residencia.
¿Qué incorporará esta Ley que ha impulsado el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030?
Esta norma impulsada por Unidas Podemos regulará las condiciones básicas necesarias para garantizar la igualdad en el ejercicio del derecho al acceso a los servicios sociales. Con ella se pretende establecer una norma de mínimos que incorpore la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de la ciudadanía en el ejercicio de los derechos a los servicios sociales.
Además el texto reforzará los servicios sociales y su orientación hacia una prestación personalizada, integral e inclusiva, su capacidad de innovar o gestionar el conocimiento y desarrollará un sistema estatal de información de servicios sociales para conocer con más detalle las distintas situaciones por las que atraviesa la ciudadanía y el impacto de las políticas públicas de cara a diseñar mejores intervenciones.
Otra de las cuestiones será que profundizará en el sistema de gobernanza colegiada entre las distintas administraciones competentes destinado a la elaboración de estándares de atención, ratios o catálogos de servicios y prestaciones. También con la modificación normativa propuesta tendrá un impacto de género positivo porque de su aplicación se espera una disminución o eliminación de desigualdades entre hombres y mujeres y contribuirá al cumplimiento de los objetivos de políticas de igualdad. Con ello se pretende hacerle frente a una realidad y es que ante la ausencia de apoyos sociales profesionales públicos o la debilidad de estos, son, en mayor medida, las mujeres las que, dentro de las familias, se hacen cargo de los cuidados. Con esta medida se pretende reforzar los apoyos sociales que se proveen desde lo público y que supone reducir el sobreesfuerzo de las mujeres, incidiendo en una mayor igualdad en el disfrute de derechos y oportunidades.
También se incide en una potencial mejora de las condiciones laborales de los profesionales de los servicios sociales, siendo éste un sector con sobrepresencia de mujeres y donde se dan condiciones laborales sensibles de mejora.
Desgraciadamente la Ley también tiene limitaciones. Al ser las comunidades autónomas las que poseen la potestad de legislar sobre este asunto, el anteproyecto únicamente “mandata” a estas a consensuar, en un tiempo determinado, dentro de la Conferencia Sectorial de Servicios Sociales —donde se reúne el ministerio con las autonomías—, un catálogo de prestaciones y servicios esenciales que deben garantizarse en todo el país.